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martes, 27 de septiembre de 2011
Cámara de Representantes aprueba amnistía para entregar armas de fuego ilegales
La Cámara de Representantes aprobó hoy en votación partidista y con enmiendas un proyecto del Senado que declara una amnistía general de 60 días para que toda persona que tenga o posee un arma de fuego o municiones ilegales pueda deshacerse legalmente de las mismas, entregándolas a la Policía o en una iglesia.
La medida fue aprobada con 36 votos de la mayoría penepé y 14 en contra de la minoría popular.
El proyecto del senador Carmelo Ríos fue aprobado en el Senado el primero de abril de 2010 y luego se llevó a votación en dicho cuerpo, en su versión final, el 23 de junio de 2011. La medida fue enmendada en el hemiciclo cameral para incluir a las iglesias por lo que debe regresar al Senado, antes de que pueda pasar a la firma del gobernador Luis Fortuño.
La pieza legislativa establece que toda persona que entregue voluntariamente a la Policía o a una iglesia un arma de fuego ilegalmente adquirida, encontrada, comprada, regalada, prestada o alquilada o que de cualquier otro medio llegue a su poder y que constituya posesión o tenencia ilegal, no será acusado ni procesado por infrigir ningún estatuto o ley que penalice dicha acción.
sábado, 20 de agosto de 2011
La criminalidad no es un espejismo
Justo el día después de que el nuevo superintendente de la Policía, Emilio Díaz Colón, asegurara que su plan anticrimen está funcionando y que los resultados se ven en la reducción que, a su juicio, ha habido en la criminalidad, en menos de 24 horas se reportaron siete asesinatos y la muerte de un asaltante.
Entre los asesinatos se destaca el caso del joven de 38 años Guillermo Picó, quien enfrentó a un pillo que entró a su residencia en Las Cumbres y murió a consecuencia de los dos disparos que le hizo el asaltante, quien murió también.
“Está bajando”, dijo Díaz Colón recientemente refiriéndose a la criminalidad. “La diferencia que había del año anterior a éste... ha bajado ese margen de 100 que tenía”.
Pero, la realidad es otra a la que percibe el Superintendente. Hasta ayer, en Puerto Rico se habían registrado 722 asesinatos, exactamente 101 más que los de la misma fecha en el 2010.
Expertos en el tema, como el ex secretario de Corrección Miguel Pereira, insisten en que ésta es una batalla que la Policía y el Gobierno no ganan solos. Todos deben involucrarse.
El miedo, dijo, no puede apoderarse de nosotros.
“Como ciudadanos, tenemos que rehusarnos a entregarnos al miedo. Nosotros tenemos que apoyar la gestión de la Policía. Siempre que uno sea testigo de una situación, hay que informarle a la Policía”, manifestó Pereira enfatizando el deber de la ciudadanía.
“El combatir el delito no le toca sólo al Gobierno, aunque la Policía no está haciendo todo lo que puede hacer, pero la ciudadanía no pude quedarse de brazos cruzados”, agregó el también ex superintendente.
Pero, para el psicólogo Salvador Santiago Negrón, ex presidente de la Comisión para la Prevención de la Violencia, el grave problema de la criminalidad en la Isla no mejorará hasta que se desarrolle y ejecute un plan integral que trabaje con los problemas de violencia desde la raíz.
“Si no hay un plan integral que atiendas las necesidades como los adolescentes fuera de la escuela y sin trabajo, además de los puntos de droga, la situación seguirá igual”, dijo al agregar que el plan debe ser abrazado por todas las ideologías políticas y debe ser uno al que se le permita la consistencia.
“Anticipo que la criminalidad seguirá en ascenso porque, entre otras cosas, la Policía tiene un comportamiento acrítico y burocrático”, agregó Santiago Negrón, un estudioso de la materia y quien ha viajado a países como Colombia, y estados como Oregón, para conocer estrategias de prevención.
martes, 26 de enero de 2010
Delincuentes para el ejército y no en prisión
Arys L. Rodríguez Andino
Primera Hora
La idea que ronda la mente del representante Ángel “Gary” Rodríguez Miranda de enviar a ofensores juveniles al ejército y no a la cárcel todavía no ha tomado forma pero ya ha recibido serias críticas de diferentes sectores.
La intención del representante es generar una discusión de lo que él entiende es una alternativa de avanzada. Pero para algunos es un absurdo y una “evidencia de la incapacidad de ofrecer ideas justas y creativas”.
La portavoz del Proyecto Caribeño de Justicia y Paz, Wanda Colón, tildó de absurdo y equivocado pretender legislar para hacer obligatorio el ingreso a las fuerzas armadas de jóvenes transgresores de la ley.
“La intención del presidente de la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes demuestra falta de conocimiento y sensibilidad para entender de dónde y por qué y cómo surge la delincuencia juvenil”, señaló.
Aunque el “propósito” es darles una alternativa, Colón se cuestionó cuán voluntario puede ser el servicio militar si no tienes otra opción. “Es o lo tomas o lo tomas”.
Sonia Santiago, portavoz de Madres contra la Guerra, manifestó que su grupo se opone a cualquier medida que pretenda legitimar el reclutamiento militar como opción de vida.
“En el proceso de adiestramiento militar lo que se está promoviendo es la utilización de armas como manera de resolver conflictos. Es tratar de resolver un problema de violencia enseñándoles técnicas efectivas de violencia y de uso de armas”, declaró.
Aun cuando Rodríguez Miranda aseguró que no es “mandarlos a coger tiros a Bagdad”, Santiago recordó que actualmente Estados Unidos está en dos guerras. “Ellos pueden pintarlo de la manera más bonita, pero la realidad es que hay dos guerras activas y las posibilidades de ser enviados a zonas de guerra existen”.
El legislador basó muchos de sus argumentos en un estudio realizado en Kentucky en el que se explora la opción de la milicia como alternativa a la cárcel.
“Yo no creo que debamos esperar a que esto funcione en diferentes estados y países para nosotros actuar”, expresó sobre la propuesta que todavía es inexistente.
Para el representante, quien está en su primer cuatrienio, es un hecho que las políticas públicas de pasadas décadas no han sido exitosas, por lo que está claro que no hay un proyecto mágico para resolver la criminalidad.
“Dentro de la milicia hay 20 mil carreras. No es llenar el Army de asesinos ni estamos buscando que la milicia nos rehabilite a todos los confinados”, insistió sobre una idea que todavía está en pañales pero que él cree será una herramienta más contra la criminalidad.
viernes, 11 de diciembre de 2009
El estado mental de los acusados
viernes, 11 de diciembre de 2009
Bárbara J. Figueroa Rosa y Francisco Rodríguez Burns
Primera Hora
“Ninguna persona será juzgada, convicta o sentenciada por un delito mientras esté mentalmente incapacitada”.
Así de contundente es el procedimiento criminal de Puerto Rico, el cual tiene como propósito impedir que se someta a juicio a un individuo que es incapaz de comprender la naturaleza del proceso y, por consiguiente, de cooperar con su defensa.
Por eso, es prematuro evaluar si, en efecto, el asesino confeso del joven homosexual Jorge Steven López Mercado, Juan José “Gasper” Martínez, debe enfrentar el proceso judicial por los cargos de asesinato en primer grado y violaciones a la Ley de Armas, que se le imputan.
Así lo explicó a Primera Hora el abogado criminalista Ignacio Rivera, quien advirtió que el procedimiento es un derecho constitucional “normal, y que pasa todos los días en (los tribunales de) Puerto Rico”.
“Se trata de la regla 240 que el abogado presenta ante el tribunal y si el psiquiatra determina que la persona no es procesable, no se puede levantar una defensa”, indicó el también analista al agregar que en caso de que se pruebe no procesabilidad permanente, el acusado debe ser recluido en un hospital.
El psiquiatra forense Víctor Lladó, por su parte, aclaró que existe una diferencia entre los términos inimputabilidad y no procesabilidad.
“El primer término sólo quiere decir que el acusado no se encuentra plenamente capacitado para encarar el proceso de juicio”, explicó.
La inimputabilidad, dijo, se refiere a que al momento de los hechos el acusado no tenía la capacidad mental de comprender la criminalidad de sus actos. Este último término, si se prueba, podría llevar a los abogados del acusado a solicitar una insanidad mental.común la psicosis
Entre los diagnósticos más comunes que proveen los especialistas de la salud mental cuando analizan a algún imputado de delito, y lo excusan de algún proceso, se destaca la psicosis.
Según el psicólogo clínico Alfonso Martínez Taboas, desde el punto de vista legal, la psicosis se refiere a cuando una persona “no está en sus cabales (alucinaciones visuales o auditivas, delirio, entre otros síntomas) cuando comete un acto, ni comprende sus consecuencias”.
Dijo que existe la psicosis temporal en gente psíquicamente “frágil” y que pueden extenderse por horas o días. En casos crónicos, el paciente podría ser esquizofrénico.
sábado, 22 de agosto de 2009
ANte legislatura proyecto que limita derecho a fianza
Antonio R. Gómez
Primera Hora
El proyecto que impone nuevas condiciones para la prestación de fianzas en determinados delitos violentos o considerados graves ya está ante la Legislatura y fue radicado con la firma de todos los legisladores del Partido Nuevo Progresista (PNP).
Las nuevas limitaciones que impone la medida incluyen el que para los delitos que se enumeran no se imponga una fianza con el beneficio del pago del diez por ciento en efectivo, que sea mandatorio el monitoreo electrónico mediante grillete, y se prohíbe que la fianza se satisfaga mediante compañía fiadora.
Se dispone además que en todos los casos en que se impute la comisión de los delitos enumerados será necesario un informe de evaluación y recomendación de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio, pero esa agencia no podrá autorizar la fianza diferida, que es lo que hace al presente.
Tal y como lo adelantó el gobernador Luis Fortuño, se imponen severas condiciones para el pago en efectivo de una fianza. Según lee el proyecto, se podrá efectuar el pago de la fianza en dinero en efectivo si dentro de los posteriores cinco días laborables a la imposición de la misma, “el imputado o su abogado produce una certificación del Departamento de Hacienda que establezca que el fiador es un contribuyente bona fide y que ha reportado ingresos que justifican la fianza que se propone prestar”.
El proyecto reconoce que en Puerto Rico, la fianza es un derecho de rango constitucional, “disposición que no tiene equivalente en la Constitución de Estados Unidos”. Reconoce además que no se puede legislar para autorizar la detención preventiva sin derecho a fianza. “La fijación de fianza no es una concesión que el Estado hace al ciudadano sino un derecho constitucional absoluto”, dice la exposición de motivos, que aclara que lo propuesto son enmiendas a las Reglas de Procedimiento Criminal.
Para justificar esta legislación se utiliza el alza en la incidencia criminal que experimenta el país y “particularmente los delitos cometidos por individuos que se encontraban bajo fianza al momento de delinquir”.
Los datos que ofrece la exposición de motivos no sostienen, sin embargo, el argumento. Se citan cifras de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio, según las cuales en este año 2009, de 5,728 imputados de delito bajo su supervisión, “286 han vuelto a delinquir” .
Se mencionan también datos de las fiscalías de distrito que revelan que “en el 2008 y el 2009, se han reportado 188 casos de este tipo”.
Se indica que “ante la peligrosidad que representa para nuestras comunidades el que estos imputados de delitos vuelvan a disfrutar del derecho a fianza, esta Asamblea Legislativa entiende que es el momento de tomar acción afirmativa y enmendar las reglas de procedimiento criminal para establecer condiciones más estrictas al derecho a la fianza”.
Las enmiendas son específicamente a la Regla 6.1 de Procedimiento Criminal, que es la que regula lo relativo a la imposición de fianzas y que dispone “que las personas arrestadas por delito no serán restringidas innecesariamente de su libertad antes de mediar fallo condenatorio y que la fianza impuesta no puede ser excesiva”, y a la Regla 218 de Procedimiento Criminal que establece, entre otras cosas, las condiciones y criterios para la fijación de la fianza.
Los delitos graves, “según tipificados en el Código Penal de Puerto Rico y otras leyes especiales”, que se incluirían en estas nuevas restricciones son asesinato, homicidio negligente (cuando se impute una muerte ocasionada al conducir un vehículo de motor bajo los efectos de bebidas embriagantes o sustancias controladas), robo agravado, incendio agravado, utilización de un menor para pornografía infantil y envenenamiento intencional de aguas de uso público.
También la agresión sexual cuando la víctima padezca una enfermedad o incapacidad mental, temporal o permanente, o incapacidad para comprender la naturaleza del acto en el momento de su realización, la víctima haya sido compelida al acto mediante el empleo de fuerza física, violencia, intimidación, amenaza de grave e inmediato daño corporal, se le haya anulado o disminuido sustancialmente su conocimiento o su capacidad de consentir, entre otras condiciones
Otros delitos son el secuestro, secuestro agravado y secuestro de menores, maltrato intencional de menores, y violaciones a la Ley de Sustancias Controladas cuando medie en la transacción medio kilo o más de cocaína o heroína, o 2.2 libras o más de marihuana.
También se incluyen los delitos de distribución de drogas a menores, empresa criminal continua, la introducción de drogas en las escuelas e instituciones y la fabricación, importación, venta y distribución de armas, entre otros.